Descuentos de Infonavit: dudas frecuentes a partir de la Reforma 2025

Descuentos de Infonavit

Contexto de la Reforma 2025 y cómo afecta a los descuentos de Infonavit

«Con el propósito de facilitar el pago de los créditos para vivienda y con ello disminuir la probabilidad de su vencimiento, evitando con ello el aumento desproporcionado de los saldos insolutos en detrimento del patrimonio de los acreditados, así como dotar de mayor sostenibilidad financiera al Fondo, se propone que la obligación de las personas empleadoras de realizar los descuentos a los salarios para la amortización de los créditos otorgados a sus personas trabajadoras no quede suspendida por ausencias o incapacidades en términos de la Ley del Seguro Social (artículo 29).»

Dudas frecuentes de cómo manejar los descuentos de Infonavit con la Reforma

El descuento mensual para la amortización de crédito debe ser el que se indique en el aviso de retención, sin realizar ningún ajuste (disminución proporcional de los días por los que no se percibió salario por ausentismos y/o incapacidades), el cual corresponde con el compromiso mensual formalizado por el trabajador acreditado para el pago de su crédito.

La Reforma no prevé que la persona empleadora deba modificar sus procesos de descuento a los salarios pagados, por lo que no existen cambios en el orden de los descuentos que se realizan al trabajador ni tampoco en la forma en la que la persona empleadora distribuye el monto del descuento mensual entre los pagos que realiza al trabajador en el mes; sin embargo, debe considerarse que el objetivo de la Reforma es reducir la afectación al crédito de su trabajador por amortizaciones incompletas.

Descuentos de Infonavit

No, la persona empleadora debe realizar el descuento de la amortización hasta el monto que sea posible, considerando las disposiciones de la LFT; este monto se reportará a través del SUA y en su caso, se aclarara a través del Servicio de Aclaraciones Patronales y/o a través de las Delegaciones.
La persona empleadora en ningún caso estará obligada a realizar el entero de amortización por un monto mayor al descuento sobre el salario pagado al trabajador.
En estos casos, el trabajador acreditado no está liberado del pago de la diferencia entre el monto descontado y el importe mensual estipulado en los términos y condiciones de su contrato de vivienda formalizado ante el INFONAVIT.

No, los descuentos son mensuales, no se debe transferir una cantidad no descontada a un mes posterior.

Sí, se tendrá una versión actualizada del SUA, misma que en coordinación con el IMSS se publicará durante el mes de agosto.
Esta versión tendrá un comportamiento diferenciado respecto del cálculo de amortización a partir de los pagos correspondientes al 4o bimestre de 2025.

Conclusión

Si bien esta Reforma ha generado dudas en cuanto a la gestión de los descuentos de Infonavit, lo importante es mantenerse apegados a la información oficial y a las mejores prácticas que la misma experiencia entre la comunidad de noministas se irá compartiendo.

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