Pensando en apoyar a nuestro empleados, hicimos un convenio con una mueblería para que les otorgara bienes a crédito, y nosotros los apoyaríamos realizando los descuentos vía nómina.
A raíz de una compra de un empleado en el que el descuento que tendremos que realizar es mayor al 20% de su salario, me puse a revisar la Ley Federal del Trabajo y según mi interpretación estos descuentos que estamos haciendo no entran en los marcados por el art 110.
Quisiera saber su opinión sobre si es permitido hacer estos descuentos vía nómina para ser entregados a la mueblería como abono a su crédito.
Saludos.
4 Respuesta
Hola buenas tardes, en relación a la discusión, mi experiencia me dice que mientras el trabajador haya firmado el convenio, esté de acuerdo y no haya inconformidades manifiestas (quejas ante conciliación o algo así) no habrá problemas, esto respecto a descuentos mayores al 20%.
La otra opción es ver con la mueblería cómo manejar esto, si se puede manejar el concepto por un pago inicial o algo así, para bajar el costo de la mensualidad o aumentar el numero de mensualidades para que bajen los costos de las mismas.
Saludos.