Buen día:
Necesito de su ayuda, es la primera vez que trabajo con asimilados a salarios, si se va a finiquitar a alguien asimilado y se le van a dar conceptos como prima de antigüedad, indemnización y/o gratificaciones, para el cálculo de sus impuestos a retener tiene algo exento? Es el mismo tratamiento que salarios? O todo se grava?
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Hola buenos días:
Te comento, asimilados a salarios es un esquema que le permite a los profesionistas independientes el que les retengan sus impuestos como si fueran salarios, Art. 110, LISR, por lo tanto, no son trabajadores, y por lo tanto no tienen prestaciones de ley como lo establece la LFT.
Sin embargo, si lo que manejas son trabajadores con pagos asimilados a efecto de no pagar IMSS, te recomiendo que lo que le vayas a dar de «finiquito», se los des como un pago más de asimilables, recuerda que la asimilación se da al ingreso y no al trabajo, espero te sea de ayuda, saludos.