Buenas tardes a los integrantes de este foro; tengo una duda:
El trabajador «X» acaba de ingresar con nosotros en el Edo de Querétaro, su domicilio real es del Edo de Morelos, pero él tiene dependientes económicos directos que son sus padres, nosotros lo hemos dado de alta en esta zona de Querétaro, ahora bien, cómo puede afiliar a sus padres al IMSS estando en otro Estado? Sus padres ya tienen 68 y 72 años respectivamente, cómo los puede afiliar? Ya que le dijeron que deben vivir en el mismo domicilio, pero por cuestiones de trabajo radicará en este otro estado.
Muchas gracias, alguien tendrá fundamento legal o qué puede hacer nuestro trabajador?
9 Respuesta
Santiago,
Creo que estás confundido.
El trabajador como tal, tiene un «domicilio fiscal» y otro de residencia de acuerdo a su trabajo foráneo.
Ver Art 25, 28 y 30 LFT.
El patrón en Querétaro debe darlo de alta en Qro, pero con el domicilio de Morelos.
Y así el trabajador podrá inscribir a sus beneficiarios en la misma localidad.
No le veo problema, ya que si tiene la misma dirección de Morelos que sus padres, con el comprobante de domicilio donde radica actualmente puede hacer la afiliación en la clínica que le corresponda en Querétaro, no le veo problema alguno, mas que trasladar en su caso a sus padres a Querétaro para que realicen la encuesta respectiva para afiliarlos como beneficiarios.
Muchas gracias a todos uds que me respaldan con sus comentarios, la verdad es un caso poco usual y vi complicado la realización de este trámite. Miren el caso más en concreto es así:
– Él vivía originalmente en Morelos (nunca había afiliado a sus padres en este estado)
– La empresa lo traslada a otra compañía del mismo grupo a Querétaro
– Lo dan de alta en el IMSS con domicilio de Querétaro, pero sus padres aún radican en Morelos, la cuestión aquí es que ahora cómo se afilia a sus padres, pues de manera oficial ya radicará en Querétaro por lo menos 2 años y sus padres son sus dependientes económicos directos.
– Ahora bien, él aún no realiza su cambio de domicilio en el INE, aún conserva el de Morelos, si se llega a cambiar de manera oficial, ¿será más difícil afiliar a sus padres? Por su ayuda muchas gracias anticipadas.
Fernando, si me lo permites, te explico: La compañera Vanessa tiene su empresa y Registro Patronal en Querétaro, por lo tanto, debe ingresarlo como trabajador de su empresa en ese estado, ya que no lo puede afiliar como su trabajador en Morelos. Una vez que lo afilie, su trabajador acudirá a su clínica en Morelos a renovar su derecho como trabajador; puede hacer también en ese momento el trámite de afiliar a sus beneficiarios. Te ruego me disculpes si no me expliqué correctamente en mi intervención anterior.
José, hasta donde tengo entendido, de acuerdo a las indicaciones del propio personal de Seguro Social, el trámite para la Autorización Permanente de Beneficiarios efectivamente es para los beneficiarios, mas no para los que se encuentran en su domicilio, sino para los que deban viajar o salir de su clínica normal hacia otros estados, y puedan tener la atención médica en cualquier lugar en el que se encuentren. Por otra parte, si el trabajador toma como domicilio habitual el que tiene por motivo de trabajo en Querétaro, debería registrar ahí a sus padres, para lo cual le pedirán que la identificación que presente de ellos tenga el mismo domicilio, y posteriormente hacer el trámite para la atención médica en su domicilio habitual en Morelos, ya que, a diferencia de los beneficiarios hijos o cónyuges, lo que debe demostrarse en el caso de los padres, es la dependencia económica y convivencia, esto es, que habiten en el domicilio del trabajador. En caso de no ser de esta manera, te agradeceré lo comentes, para enriquecer la consulta y conocer el procedimiento correcto y adecuado.
Gracias por su atención. Fernando y José, reciban saludos cordiales con mis mejores deseos para ustedes.
Bueno, para muchos es desconocido, pero actualmente se puede realizar la autorización permanente solo para beneficiarios.
Primero él tiene que realizar su trámite de alta personal en la clínica de Querétaro donde le corresponde, posteriormente dar de alta a sus beneficiarios.
El segundo trámite lo puede realizar en la clínica o incluso en la subdelegación del IMSS, lo puede realizar el trabajador o la empresa, Autorización Permanente de Beneficiarios, él se queda con atención médica en Querétaro y sus beneficiarios se trasfieren a Morelos.
Espero te sirva, cualquier duda pregunta de este trámite en la subdelegación, Autorización Permanente de Beneficiarios.
Santiago,
Has oído, leído algo acerca de los trabajadores foráneos?
Tú mismo mencionas que su domicilio real es en el estado de Morelos.
Mi pregunta es:
Por qué se tiene que dar de alta en Qro? Si su domicilio fiscal (por así llamarlo) es en Morelos?
Efectivamente Fernando, el trabajador vive en Morelos, pero al estar trabajando en Querétaro, Vanessa lo tiene que dar de alta en ese estado, por lo que requiere darle una autorización permanente para que le brinden atención médica en su domicilio de Morelos; el trabajador se presenta con sus documentos -y la autorización permanente que le entregará Vanessa- en su clínica (ya que en caso de no presentar tal documento le negarán la atención médica por no estar vigente en su estado), y en el mismo acto se da de alta en la clínica y registra como beneficiarios a sus padres.
Él tiene que darse de alta en el Edo de Morelos.
Después registrar como beneficiarios a sus padres, pero en Morelos.
Lo único que tienen que hacer es darle permiso un día para trasladarse al
estado de Morelos y hacer el tramite.
Saludos.
Debes tramitarle una autorización permanente para su domicilio real, lo puedes hacer vía IDSE, ya que por cuestiones laborales se encuentra provisionalmente en tu ciudad.
Una vez que se la entregues, él debe acudir a su clínica para darse de alta y presentar la documentación que le soliciten para ingresar a sus padres como sus beneficiarios. (LSS 84 fVIII).